Guía "Justicia"

1.01 Justicia

1. SUBSECCIÓN 1.01: JUSTICIA

1.1 Área de Identificación

1.1.1 Código: ES29069/AMMb/1.01

1.1.2 Título: Fondo Municipal. Sección Gobierno: Alcalde.

1.1.3 Fechas extremas: 1624/1881

1.1.4 Nivel de descripción: Subsección.

1.1.5 Volumen: 40 Unidades de descripción; 4 Unidades de instalación

1.2 Área de Contexto

1.2.1 Productor: Ayuntamiento de Marbella: Alcaldía.

1.2.2 Historia institucional: La relación entre la administración de justicia y las entidades locales ha sido constante y fluida a lo largo de la historia. La figura que da forma a todo el edificio de la justicia en el ámbito local, desde la formación de los concejos tras la conquista cristiana hasta la llegada del liberalismo, será, sin duda, la del corregidor. Este funcionario real instituido en Castilla desde finales del siglo XIV, tenía como misión representar el poder del monarca en la esfera municipal por encima de los poderes locales y como base del sistema de justicia ordinario. Entre sus principales funciones, además de garantizar el orden público y gestionar el desarrollo económico y administrativo, se encontraba dar validez a los acuerdos del concejo y ser juez en primera o segunda instancia.

Todo ello debe ser entendido como reflejo de una administración de justicia, la del Antiguo Régimen, determinada por el carácter estamental y profundamente desigualitario de la sociedad. La jurisdicción recaía directamente sobre el rey, desde donde emanaba a los diferentes estamentos. Se generan así multitud de jurisdicciones (nobiliaria, eclesiástica, militar, universitaria, local…), sin contar con los tribunales especiales, cada una con su propia normativa, que provocaban permanentes e interminables situaciones de conflicto de competencias.

El fin del Antiguo Régimen y del gobierno absolutista y la implantación del sistema liberal van a tener una profunca repercusión en el ámbito de la Administración de Justicia. Todo el corpus legislativo que proviene de Cádiz busca establecer un derecho general frente a los privilegios, fueros y derechos históricos propios del pasado, encontrando la resistencia frontal de las bases del poder tradicional. Así, como señála Gómez Bravo, “La imposibilidad de instaurar un nuevo edificio legal, convirtió el desmantelamiento de los resortes del poder absoluto en una necesidad vital para el primer liberalismo; por eso, la articulación de la justicia y su interrelación con los poderes locales que debían ser fieles al nuevo régimen fue prioritaria(…) Se va cumpliendo entonces el proyecto de las Cortes de Cádiz de Alcaldes como jueces de paz, jueces letrados como jueces de Partido, Audiencias Territoriales y Tribunal Supremo.” 

Éste será el marco de referencia de la actuación de las autoridades municipales, principalmente los alcaldes y sus delegados, en el ámbito de la impartición de justicia en su término. El alcalde se entiende así como una primera instancia para delitos y faltas leves, un arbitraje previo a la interposición de la demanda que iniciaba el juicio y que se materializa en los libros de conciliación y los libros de juicios verbales y de faltas, en la que ambas partes, acompañadas por sus respectivos “hombres buenos”, exponen sus diferencias y se someten al arbitraje municipal como forma de evitar un proceso judicial.

Esta competencia jurisdiccional de las autoridades municipales se va mantener durante buena parte del siglo XIX, hasta 1870, cuando la Ley del Poder Judicial establezca la figura del Juez de Paz, con similares características aunque orgánicamente dependiente del Poder Judicial.

1.2.3 Historia archivística: La historia archivística de la serie que nos ocupa viene marcada, como buena parte del fondo municipal, por la masiva destrucción de documentación ocurrida durante la Guerra de Independencia a manos de las tropas francesas. A ello hemos de añadir que la administración del Corregidor era ajena a la estructura propia del concejo, por lo que se encontraba fuera de la guarda y custodia del mismo. Así, no se conserva más documentación de la administración judicial del Antiguo Régimen que algunos fragmentos de expedientes tramitados desde del ayuntamiento en 1624 y 1777. La administración liberal si nos ha dejado un mayor número de testimonios, conservándose, imaginamos que por su valor probatorio, cierta cantidad de libros de conciliación y libros de juicios verbales y de faltas correspondientes al período entre 1820 y 1869. Respecto a la ubicación física de la documentación, hasta llegar a la situación actual, carecemos de noticias sobre su ubicación y conservación hasta mediados del siglo XX. A partir de ese momento, los documentos generados por la institución matriz, como es el caso de la serie que nos ocupa, siguen un periplo que les lleva en primer lugar a las dependencias municipales del Edificio San José, en la calle Vázquez Clavel; de allí pasarán al sótano del Palacio Municipal (Plaza de los Naranjos) a principios de los años 80 del siglo XX, hasta que en 1998 se depositan en las dependencias del nuevo Archivo Municipal en calle Portada. Por último, en 2006 pasan al Centro Cultural Cortijo Miraflores, nueva sede del Fondo Histórico del Archivo Municipal de Marbella.

1.2.4 Forma de ingreso: Remisión periódica de documentación desde el Archivo Intermedio (AMMb) de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Reglamento del Archivo Municipal de Marbella (RAMMb).

1.3 Área de contenido

1.3.1. Alcance y Contenido: La subsección contiene Libros de Juicios de Conciliación y Libros de Juicios Verbales y de Faltas, que afectan a los más diversos aspectos de la vida de los ciudadanos marbellís. El demandante y el demandado acuden en compañía de testigos y de sus “hombres buenos”, generalmente eclesiásticos, miembros de la oligarquía local o personas con conocimientos jurídicos, para someter al arbitraje del alcalde primero o del alcalde segundo cuestiones generalmente relacionadas con demarcación de terrenos, aprovechamiento de aguas y otros recursos, herencias, o disputas personales, sin excluir cuestiones de genero e incluso separaciones matrimoniales. Sobre estos aspectos el alcalde buscaba un acuerdo que, de no producirse, suponía el comienzo de una demanda judicial.

Junto a esta documentación, que forma el tipo documental principal de esta subsección, encontramos expedientes judiciales que afectan a diversos pleitos mantenidos por el ayuntamiento desde el siglo XVII.

1.3.2 Conservación: Permanente.

1.3.3 Valoración, selección y eliminación: Valoración y expurgo de la documentación municipal de acuerdo con lo establecido en la Orden de 7 de julio de 2000 por la que se regula el funcionamiento de la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos y los procesos de identificación, valoración y selección documentales, publicada en el BOJA nº 88 de 1 de agosto de 2000.

1.3.4 Organización:

Serie  Descripción  Fechas 
1.01.00  Libros de Juicios de Conciliación  1820/1852 
1.01.01  Libros de Juicios Verbales y de Faltas  1823/1869 
1.01.02  Expedientes judiciales  1624/1881 

1.4 Área de condiciones de acceso y utilización:

1.4.1 Situación jurídica: Fondo público.

1.4.2 Condiciones de acceso: Libre, con las restricciones establecidas en relación a la documentación histórica por la legislación nacional y autonómica en materia patrimonial. Respecto a la documentación administrativa, ésta se regirá por lo articulado en la Ley 30/92 y demás leyes específicas y en ambos casos por el RAMMb.

1.4.3 Derechos de autor y normas de reproducción: Reproducción en papel de acuerdo al RAMMb y a las ordenanzas municipales de tasas y precios públicos.

1.4.4 Lengua de los documentos: Castellano.

1.4.5 Características Físicas: Buen estado de conservación en la mayoría de la documentación.

1.4.6. Instrumentos de descripción: Cuadro de clasificación del fondo municipal, índice topográfico e inventarios elaborados por el personal del AMMb bajo la dirección del archivero municipal.

1.5 Área de documentación asociada

1.5.1. Unidades de descripción relacionadas en el archivo: Las relacionadas en el sección 1. Gobierno: Alcalde.

1.5.2 Bibliografía:

- CAYETANO MARTÍN, Mª. del Carmen: “Introducción a las Series Documentales de los Archivos Municipales Castellanos (S. XII-XVIII)”, en VV.AA.: Los Archivos de la Administración Local, ANABAD- Castilla la Mancha, Toledo, 1994, págs. 50 y 51.
- ESCUDERO LOPEZ, José Antonio, Curso de Historia del Derecho. Fuentes e Instuciones político-administrativas, 3ª ed. revisada, Madrid 2003.
- GARCÍA RUIPÉREZ, Mariano: Tipología documental municipal, Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, Toledo, 2002.
- GÓMEZ BRAVO, Gutmardo: « Usos y desusos de la justicia en la España de la primera mitad del siglo XIX », Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Coloquios, 2008, [En línea], Puesto en línea el 22 enero 2008. URL : http://nuevomundo.revues.org/index19942.html.
- LÓPEZ SERRANO, Francisco de Asís: “Fuentes documentales para el estudio de la Historia Moderna y Contemporánea de Marbella”, VV.AA: I Jornadas Patrimonio Histórico Local Marbella, Cilniana, Marbella, 1999, págs. 69 a 126.

1.6 Área de control de la descripción

1.6.1 Nota del Archivero: Descripción realizada por el personal del Archivo Municipal de Marbella bajo la dirección del archivero municipal Francisco de Asís López Serrano.

1.6.2 Reglas o normas: Inventario desarrollado de acuerdo con la Norma Internacional General de Descripción Archivística (ISAD-G) adaptada a las características del Archivo Municipal de Marbella.

1.6.3 Fecha de la Descripción: Marzo 2003/octubre 2008.

2. SERIE 1.01.00: LIBROS DE JUICIOS DE CONCILIACIÓN.

3. SERIE 1.01.01 LIBROS DE JUICIOS VERBALES Y DE FALTAS.

4. SERIE 1.01.02 EXPEDIENTES JUDICIALES.

Cuadros de Clasificación